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Si has donado dos años consecutivos la misma cantidad
Ventajas fiscales para particulares
Tu cuota como socio activo o colaborador de la Asociación FSHD Spain es fiscalmente deducible en tu declaración del IRPF, conforme a lo establecido por la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos.
¿Qué deducciones puedes aplicar?
- 80 % de deducción para los primeros 250 € donados anualmente.
- A partir de esa cantidad, el resto tiene una deducción del 40 %.
- Si llevas colaborando con nosotros al menos 2 años consecutivos, esta deducción sube al 45 %.
- Límite: hasta el 10 % de la base liquidable de tu declaración.
Si resides en una comunidad autónoma con régimen foral propio (como Navarra o el País Vasco) o que ofrece deducciones autonómicas adicionales por donaciones a ONG, las condiciones pueden variar.
Certificado de donación y beneficios fiscales
Si has realizado una donación a FSHD España, te recordamos que esta puede ser deducible en tu declaración de la renta.
Tu donación será comunicada a Hacienda antes del 31 de enero del año siguiente, dentro del plazo legal establecido para que no tengas que presentar ningún certificado adicional por tu cuenta.
¿Necesitas tu certificado de donación? Puedes solicitarlo fácilmente rellenando el formulario que encontrarás en este enlace.
Para que podamos informar correctamente a Hacienda, debes completar el formulario antes del 15 de enero del año siguiente a tu donación. Después de esa fecha no podremos garantizar su comunicación.
Ventajas fiscales para empresas
Si tu empresa es socia o colaboradora de la Asociación FSHD Spain, puedes beneficiarte de deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades, conforme a lo establecido en la Ley 49/2002.
¿Qué deducción puedes aplicar?
- 40 % de deducción en tus aportaciones anuales como empresa colaboradora.
- 50 % de deducción si has colaborado de forma continuada durante al menos 2 años consecutivos, siempre que el importe donado en cada año sea igual o superior al del año anterior.
- Límite: hasta el 15 % de la base liquidable del impuesto.
Si tu empresa está ubicada en una comunidad autónoma con régimen foral (como Navarra o el País Vasco) o que ha establecido deducciones fiscales adicionales por donaciones a ONG, las condiciones pueden variar.
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